Debido a la crisis sanitaria que enfrenta nuestro país ante la emergencia por la pandemia del COVID-19 y la restricción de movilidad que ha impuesto el Gobierno, informamos a todos nuestros clientes que pueden cumplir con sus obligaciones mercantiles y tributarias ante las diferentes instituciones gubernamentales, haciendo uso de las plataformas en línea que brinda cada una de las instituciones y así evitar sanciones o multas por incumplimiento en los plazos de presentación de los diferentes trámites a los que están sujetos.
De igual forma, a detallamos los considerando del Decreto 598 sobre la “Ley Especial y Transitoria sobre la Modalidad de Pago del Impuesto Sobre la Renta Aplicable a Pequeños Contribuyentes, Turismo, Energía Eléctrica, Servicios de Televisión, Internet y Telefonía, y sobre la Contribución Especial para la Promoción del Turismo».
Hasta esta fecha no existen prórrogas en cuanto al cumplimiento en plazo de estas obligaciones, por lo cual se deben presentar según corresponda a cada compañía. Es importante que ingresen a dichos sitios web y realicen las consultas pertinentes en cada una de las instituciones, para que puedan estar al tanto de los pormenores que cada institución requiere, ya que puede existir alguna flexibilidad por parte de las instituciones en cuanto a la formalidad de los requisitos para cumplir con las obligaciones.