En los últimos años se han aprobado leyes e Instructivos en la Región Centroamericana y Panamá para regular el mecanismo conocido como “Precios de transferencia” que se emplea en transacciones entre compañías vinculadas o entre partes relacionadas. De ahí que en países como El Salvador, Panamá, Honduras, Nicaragua, Costa Rica y Guatemala, se encuentran vigentes, en este momento, Leyes y/o mecanismos normativos sobre el tema, todos ellos basados en los lineamientos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) que contempla una metodología para la comprobación de los precios de transferencia, cuya aplicación ha sido acogida, ampliamente, en el contexto internacional.
Con base en este marco jurídico, los sujetos comprendidos en dicha normatividad están obligados a presentar, además de las declaraciones anuales del Impuesto sobre la renta, información complementaria según lo requiera la legislación de cada país con el detalle de las distintas transacciones llevadas a cabo entre empresas vinculadas o partes relacionadas que involucran diferentes tipos de análisis, de carácter técnico, económico, financiero y comercial, de los precios de transferencia.
Así mismo, la regulación sobre el tema contempla la obligación de conservar los comprobantes y demás documentación que justifique los precios de transferencia consignados en la declaración informativa, los métodos empleados en la determinación de los mismos y los criterios de comparación utilizados para concluir que el método empleado resulta el más apropiado para la operación.
Por estos motivos, y por tratarse de un tema complejo y relativamente nuevo en el área Centroamericana y Panamá, consideramos de gran importancia el que se pueda conocer los tópicos de la legislación relativa a la temática en cada uno de los países de la región según el orden de vigencia.