El anteproyecto de ley contiene artículos que preocupan a los analistas, pues Hacienda intentaría invadir competencias de otras instituciones.
El Ministerio de Hacienda (MH) promueve una nueva ley con la que busca cobrar más rápido a los contribuyentes cuando hay una sospecha de que no han cumplido con sus obligaciones, aunque todavía no hayan agotado las instancias para defenderse.
Los investigadores y abogados advirtieron, durante un foro de discusión que organizó el MH, que el anteproyecto de ley contiene algunos artículos que pueden atentar contra principios de la Constitución, aunque sí apoyaron la necesidad de pulir y modernizar los mecanismos de recaudación del Estado.
Los diputados de la comisión legislativa de hacienda y especial del presupuesto ya conocen del anteproyecto. Mientras toman la decisión de llegar a un dictamen, Hacienda busca más opiniones entre expertos de otros sectores.
En términos sencillos, el anteproyecto de ley busca un cobro “resumido” y preventivo de las deudas que tiene una empresa o una persona con el Estado.
El artículo 30 del anteproyecto de ley consigna que “la deuda será exigible una vez vencidos los plazos legalmente establecidos para su pago”, aunque el ciudadano –o, de nuevo, la empresa– hayan iniciado un proceso de apelación sobre este cobro que les hace el fisco. Así, el contribuyente tendrá que entregar lo que supuestamente debe mientras avanza el proceso en otras instituciones, “sin que sea necesario que haya alcanzado estado de firmeza administrativa ni judicial, sin perjuicio de que una vez iniciado el procedimiento de cobro, este sea suspendido de acuerdo con los términos previstos en esta ley”, concluye el referido artículo 30 del anteproyecto.
El proceso vigente recorre cinco instancias: la Dirección General de Impuestos Internos, el Tribunal de Apelaciones de los Impuestos Internos y Aduanas, la Sala de lo Contencioso Administrativo en la
Corte Suprema de Justicia, la Dirección General de Tesorería y la Fiscalía General de la República. Cuando ha pasado por todas estas instancias, entonces, es considerada firme, líquida y exigible.
Parte del proyecto de Hacienda contempla concentrar el cobro en la Dirección General de Cobranza con su propio tribunal.
El detalle es que para que todo esto ocurra pueden desde tres meses hasta 10 años y algunas deudas prescriben.
Carlos Cáceres, titular del MH, dijo: “Los procedimientos de las leyes vigentes limitan significativamente su recuperación por la fragmentación y dispersión de esfuerzos instituciones”.
Eduardo Amaya, director ejecutivo de Auditaxes, comentó que “se están dejando sin garantías al contribuyente, porque al crear un proceso abreviado del cobro dentro de la administración tributaria, se está dejando sin garantía o sin derecho a defensa prácticamente al contribuyente, se le está emitiendo un juicio previo haber sido vencido en un juicio”.
Para Amaya, hay una importante vulneración de los artículos 11 y 12 de la Constitución de la República, que consignan la presunción de inocencia.
El director de Auditaxes agregó que “pueden darse muchas ‘aclaraciones’ de capricho”.
Por su parte, el investigadora de la Fundación Nacional para el Desarrollo (FUNDE), Carlos Pérez, comentó: “Nuestra legislación ya expresa que es la Fiscalía la que llevará a cabo de estos procesos. No hay que hacer un análisis tan ligero de estos procesos a partir de la legislación internacional”.
En tanto, el exmagistrado constitucional Mario Solano afirmó que la ley debe dar lugar al arbitraje para regular el accionar de la institución con el de la ciudadanía. “El texto debe reflejar lo que la Constitución dice que para la gestión pública se necesita contar con agencias especializadas que la regulen”, aseguró el abogado.
Fuente: LPG
¿Qué es el “cobro coactivo” que Hacienda quiere aprobar?
Con el cobro coactivo, Hacienda tendrá facultad de cobrar las deudas por tributos antes de que se venza al contribuyente en las instancias a las que puede apelar para comprobar que no tiene deudas con el fisco.
El Ministerio de Hacienda ha pedido a la Asamblea Legislativa que apruebe un proyecto de «Ley para el Cobro de las deudas tributarias y multas a favor del Estado”. La administración pública pretende que en el país se aplique el «cobro coactivo», que ya está vigente en otras partes del mundo. ¿Qué es esto? ¿Cómo afecta a los contribuyentes?
– El cobro coactivo es un procedimiento en el que el Estado, a través de Hacienda, hace efectivo el pago de las obligaciones que los contribuyentes le adeudan, antes de que se venza al contribuyente en las instancias ante las cuales este puede apelar que no tiene deudas con el fisco.
– Hacienda hace el cobro de la deuda que, según el mismo fisco, el contribuyente tiene. Luego, si el contribuyente logra probar en las instancias respectivas que no tiene dicha deuda, el Estado le reintegraría lo que se le cobró mal.
– Hacienda dice que esto cambiará la forma actual de cobranza judicial de los tributos. Hasta hoy, el contribuyente está obligado a pagar hasta que finalizan todos los recursos que la ley manda y se le comprueba que efectivamente tiene esa obligación.
– Con el cobro coactivo, Hacienda hace la cobranza mientras continúan de forma alterna todos los procesos o recursos a los cuales el contribuyente tiene derecho.
– Por ejemplo, el fisco le notifica que usted ha presentado mal su declaración de impuestos y que debe pagar $1,500. Se haría el cobro, usted debería pagar ese dinero, y luego podría apelar a las instancias respectivas, que van desde la Dirección de Tesorería y el Tribunal de Impuestos Internos, hasta amparos ante la Corte Suprema de Justicia. Si al finalizar todo este proceso usted comprueba que no le debía ese dinero a Hacienda, entonces se le devolvería.
Hacienda dice que actualmente tienen pendientes de cobrar $478.6 millones. De estos, hay $65.3 millones en la Dirección General de Tesorería, otros $182 millones en el Tribunal de Apelaciones de Impuestos Internos, $104.4 millones en procesos que han llegado al Órgano Judicial, y $126.9 millones en cobranza por parte de la Fiscalía General de la República. El ministerio no especifica cuánto de estas deudas se considera ya incobrable, como podría ser el caso de empresas que ya no existen.
Fuente: EDH